Calculadora de pensión de jubilación 2026: edad y cuantía
En 2026 la edad ordinaria de jubilación es de 66 años y 10 meses, o de 65 con 38 años y 3 meses cotizados o más.
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Calcula tu edad de jubilación y tu pensión
Estimación orientativa: la Seguridad Social calcula la pensión con tu historial completo de cotizaciones, actualiza las bases con el IPC y es quien la reconoce. No es asesoramiento legal.
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Un caso resuelto
Carmen nació el 1 de febrero de 1963 y quiere jubilarse por decisión propia el 1 de febrero de 2028, cuando cumple 65 años. Ese día tendrá 37 años cotizados, y su base ronda los 2.200 € al mes.
Con lo que tiene cotizado no llega al umbral de 2027 para jubilarse a los 65, así que su edad ordinaria es de 67 años, que cumple el 1 de febrero de 2030: puede adelantarse el máximo de la anticipada voluntaria, 24 meses, y tiene más de los 35 años cotizados que pide. Para el recorte, la ley cuenta los meses hasta la edad que tendría si siguiera cotizando desde ese día (art. 208 LGSS): llegaría a 38 años y 6 meses cotizados el 1 de agosto de 2029, antes de cumplir los 67, y esa es su edad legal. Se adelanta 18 meses.
En 2028 la base reguladora suma las 306 bases más altas de los últimos 312 meses y las divide entre 357: 2.200 € × 306 ÷ 357 = 1.885,71 €. Las bases descartadas son un cálculo propio: meses del período menos bases que se toman. Con sus 37 años cotizados le dan la base reguladora entera, sin recorte por tiempo.
Su coeficiente reductor, el de esos meses con menos de 38 años y 6 meses cotizados, es del 8,80 %: 1.885,71 € × (1 − 8,80 %) = 1.719,77 € al mes, 24.076,80 € al año. Puede adelantarse porque supera la pensión mínima sin cónyuge a los 65 años, 936,20 €. El importe mensual es un cálculo propio: el anual del BOE entre catorce pagas.
Cómo se calcula
1. Edad ordinaria. Sale del tiempo cotizado en la fecha en que te jubilas, con la tabla del año en que la cumples (DT 7.ª LGSS). Si a los 65 años no llegas al período pero sigues cotizando, te jubilas sin recorte el día que lo alcanzas. Si te jubilas antes, el adelanto máximo se mide con lo que tienes cotizado ese día, pero los meses del recorte se cuentan hasta la edad que tendrías si siguieras cotizando.
| Período cotizado | Edad en 2026 | Edad desde 2027 |
|---|---|---|
| En 2026: 38 años y 3 meses o más. Desde 2027: 38 años y 6 meses o más. | 65 años | 65 años |
| En 2026: menos de 38 años y 3 meses. Desde 2027: menos de 38 años y 6 meses. | 66 años y 10 meses | 67 años |
Fuente: DT 7.ª LGSS. Revisado el 8 de octubre de 2026. Para el cómputo de los períodos de cotización se toman años y meses completos, sin que se equiparen a ellos las fracciones, y no se cuenta la parte proporcional de las pagas extraordinarias (art. 205.1.a de la LGSS). Las edades y los meses se cuentan de fecha a fecha (art. 5.1 del Código Civil): la edad se cumple el mismo día del cumpleaños y, si ese día no existe en el mes, el último día del mes (quien nació un 29 de febrero cumple años el 28 en los años no bisiestos).
2. Derecho. Hacen falta 15 años cotizados, 2 años de ellos en los 15 años anteriores (art. 205.1.b) LGSS).
3. Base reguladora. Cada año se miran más meses, se descartan más bases bajas y sube el divisor, que incluye las pagas extra (DT 40.ª LGSS). Si el cálculo anterior te da más, se aplica de oficio; la calculadora hace las dos cuentas.
4. Porcentaje. Los primeros 15 años dan el 50 % y cada mes de más suma según la escala de tu año (DT 9.ª LGSS).
| Período cotizado | Porcentaje |
|---|---|
| Pensiones que empiezan en 2026 | |
| Los primeros quince años | 50 % |
| Meses 1 a 49, ambos incluidos, a partir de los quince años | 0,21 % por mes |
| Meses 50 a 258, ambos incluidos, a partir de los quince años | 0,19 % por mes |
| Con 36 años y 6 meses cotizados o más Cifra de cálculo propio con la escala de la ley, que no escribe el total de meses. | 100 % |
| Pensiones que empiezan desde 2027 | |
| Los primeros quince años | 50 % |
| Meses 1 a 248, ambos incluidos, a partir de los quince años | 0,19 % por mes |
| Meses 249 a 264, ambos incluidos, a partir de los quince años | 0,18 % por mes |
| Con 37 años cotizados o más misma salvedad | 100 % |
Fuente: LGSS · DT 9.ª LGSS. Revisado el 20 de octubre de 2026. Los porcentajes de cada mes se suman al de los primeros quince años, con un máximo del 100 %. La escala de 2026 vale para las pensiones que empiezan hasta el 31 de diciembre de 2026; la nueva, desde el 1 de enero de 2027.
5. Adelanto o demora. Antes de tu edad ordinaria, la pensión baja según los meses de adelanto (la fracción cuenta como mes entero) y lo cotizado. En la voluntaria, si tu pensión supera la máxima, el recorte va sobre la máxima y, hasta 2033, con coeficientes más bajos (DT 34.ª LGSS); en la involuntaria, el recorte va sobre tu pensión y el resultado no puede pasar de la máxima reducida un 0,50 % por cada trimestre o fracción de adelanto (art. 210.3 y 210.4 LGSS). Si te jubilas por decisión propia y llevas 3 meses o más cobrando el subsidio por desempleo, se aplican los coeficientes y el tope de la involuntaria. Si te jubilas después y al cumplir tu edad ordinaria ya tenías los 15 años cotizados, cada año completo cotizado suma un 4 % al porcentaje y, desde el segundo, un periodo de más de 6 meses suma un 2 % más (art. 210.2 LGSS).
| Modalidad | Adelanto máximo | Cotización mínima | Reducción con menos de 38 años y 6 meses cotizados | Reducción de 38 años y 6 meses a menos de 41 años y 6 meses cotizados | Reducción de 41 años y 6 meses a menos de 44 años y 6 meses cotizados | Reducción con 44 años y 6 meses o más cotizados |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Voluntaria | 24 meses | 35 años | 21 % | 19 % | 17 % | 13 % |
| Involuntaria (despido y otras causas ajenas a tu voluntad) | 48 meses | 33 años | 30 % | 28 % | 26 % | 24 % |
Fuente: art. 208 LGSS · art. 207 LGSS. Revisado el 8 de octubre de 2026. La reducción depende de los meses que adelantes, contando la fracción de mes como un mes entero, y del tiempo cotizado; aquí figura la del adelanto máximo de cada modalidad. Si tu pensión antes del recorte supera la máxima, en la voluntaria el recorte se aplica sobre la pensión máxima y, hasta 2033, con coeficientes más bajos; en la involuntaria, la pensión no puede pasar de la máxima reducida un 0,50 % por cada trimestre o fracción de trimestre de adelanto.
6. Topes. Nada pasa de la máxima salvo el complemento por hijos; por debajo de la mínima, la calculadora te avisa del complemento a mínimos, que depende de tus otros ingresos.
| Concepto | Mensual | Anual |
|---|---|---|
| Pensión máxima | 3.359,60 € | 47.034,40 € |
| Pensión mínima con 65 años o más, con cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Pensión mínima con 65 años o más, sin cónyuge | 936,20 € | 13.106,80 € |
| Pensión mínima con 65 años o más, con cónyuge no a cargo | 888,70 € | 12.441,80 € |
| Pensión mínima con menos de 65 años, con cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Pensión mínima con menos de 65 años, sin cónyuge | 875,90 € | 12.262,60 € |
| Pensión mínima con menos de 65 años, con cónyuge no a cargo | 827,90 € | 11.590,60 € |
| Complemento por brecha de género, por cada hijo | 36,90 € | — |
| Complemento a mínimos: sin cónyuge a cargo, tus ingresos distintos de la pensión, iguales o inferiores a | — | 9.442,00 € |
| Complemento a mínimos: con cónyuge a cargo, los ingresos tuyos y de tu cónyuge sin la pensión, inferiores a | — | 11.013,00 € |
Fuente: LGSS · RD 241/2026, art. 12. Revisado el 8 de octubre de 2026. Importes de 2026, en 14 pagas al año. Se revalorizan cada enero. El importe mensual es un cálculo propio: el anual del BOE entre catorce pagas.
Lo que no calcula: la actualización de tus bases con el IPC que hace la Seguridad Social (la base real suele salir más alta), el relleno de meses sin cotizar, el pago único de la demora, la jubilación parcial o flexible, la revalorización de años futuros y, en la anticipada voluntaria por encima de la máxima, la garantía de no cobrar menos que con las normas de 2021.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años hay que cotizar para cobrar la pensión completa?
36 años y 6 meses en 2026 y 37 años desde 2027; con menos cobras una parte de tu base reguladora. misma salvedad
¿Cuál es la pensión máxima de jubilación en 2026?
Es de 3.359,60 € en 14 pagas, aunque tu base reguladora dé más.
¿Cuánto se pierde con la jubilación anticipada?
Con el adelanto máximo de la jubilación voluntaria pierdes entre un 13 % y un 21 % de la pensión, para siempre. Si tu pensión antes del recorte supera la máxima, el recorte va sobre la pensión máxima y, hasta 2033, con coeficientes más bajos que esos.
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Fuentes oficiales
Normas y publicaciones oficiales de las que sale cada cifra de esta página.
- RD 241/2026, anexo IBOE · BOE-A-2026-6977
- RD 241/2026, art. 12
- RD 241/2026, art. 3.1
- RD 241/2026, arts. 9 y 10
- LGSSBOE · BOE-A-2015-11724 · de 30 de octubre de 2015
- art. 205.1.a) LGSS
- art. 205.1.b) LGSS
- art. 207 LGSS
- art. 208 LGSS
- art. 209.1 LGSS (redacción de 2023)
- art. 210.1 LGSS
- art. 210.2 LGSS
- art. 210.3 y 210.4 LGSS
- art. 60 LGSS
- DT 34.ª LGSS
- DT 40.ª LGSS
- DT 4.ª.7 LGSS
- DT 7.ª LGSS
- DT 9.ª LGSS
Textos consolidados consultados entre el 26/08/2026 y el 20/10/2026.